Bienvenidos a «Cabañas Bosque Las Trancas». Deseamos que tengan una estadía agradable y placentera. Les solicitamos que consideren las siguientes recomendaciones:

  1. No está permitido fumar en el interior de las cabañas. En caso de fumar dentro del recinto, les pedimos que no arrojen las colillas al suelo.
  2. Horario de ingreso y salida: El ingreso se realiza a partir de las 15:00 horas, y la salida debe hacerse antes de las 12:00 horas. Agradecemos respetar estos horarios para evitar inconvenientes.
  3. La estufa a leña debe ser operada y vigilada por adultos responsables.
  4. «Cabañas Bosque Las Trancas» no se hace responsable por pérdidas o daños causados por descuido o mal manejo de sus pertenencias y objetos de valor.
  5. Para garantizar el descanso y la tranquilidad de los huéspedes, está prohibido el ingreso de automóviles y/o personas no alojadas en el recinto sin autorización previa.
  6. A partir de las 21:00 hasta las 10:00 horas, les pedimos que eviten cualquier ruido que afecte la tranquilidad de otros huéspedes y vecinos del recinto. Por lo tanto, les solicitamos evitar ruidos excesivos, no reproducir música con volumen alto y abstenerse de realizar fiestas ruidosas.
  7. Si desean aumentar la cantidad de pasajeros alojados en la cabaña, por favor, infórmenlo con antelación y abonen la diferencia correspondiente.
  8. Está prohibido encender fogatas dentro del complejo, excepto en los asadores y fogones autorizados (por favor, comunicar previamente).
  9. El agua es un recurso escaso, úsenla con moderación y responsabilidad.
  10. La piscina no cuenta con personal de salvavidas. La presencia de niños debe estar siempre bajo la vigilancia y responsabilidad exclusiva de un adulto a su cargo.
  11. Nos encontramos en un entorno de bosque nativo. Les pedimos su colaboración en el cuidado del mismo, manteniendo una convivencia armoniosa con la naturaleza y los animales que lo habitan.
  12. No se admiten mascotas. Por favor, absténganse de traer animales.
  13. Queda prohibido sacar cualquier mobiliario o elemento de las cabañas al exterior de las mismas (sillas, almohadones, frazadas, toallas, etc.).
  14. La circulación de vehículos dentro del predio debe realizarse a una velocidad máxima de 5 km/h.

Agradecemos su atención y cooperación.